René Descartes (1596-1650), padre de la Filosofía moderna, concibió un planteamiento de resolución de problemas fundamentado de modo exclusivo en la razón, sin intervención de factor alguno ajeno a la capacidad humana para obtener soluciones a cualquier tipo de controversia. El método, de evidente raíz matemática, conlleva a ubicar cualquier respuesta en el interior del intelecto humano, alcanzando la certeza y la explicación de todos los conceptos por medio de la deducción.
Con Descartes se origina el iusnaturalismo racionalista, haciendo del razonamiento humano la base de la legitimidad del Derecho y por ende de la norma escrita, configurando un Derecho Natural innato en el hombre, vinculado a su esencia, y no imbuido desde una fuente ajena, como la revelación de los escolásticos. La verdad de Descartes es, bien una certeza a la que se llega por el razonamiento (y si no se alcanza, tal certeza o verdad no existe) o bien por el innatismo, pues existen ideas con las que el hombre nace y que se acreditan a medida que las razona en el contexto de su madurez y experiencia. Sólo es necesario pensar y aplicar el método deductivo para demostrar la verdad.
Desde un punto de vista procesal, el método cartesiano es determinante en la valoración de la prueba, y en su práctica surgen todos y cada uno de los principios del sistema racionalista sentados por Descartes: se parte de la duda metódica y universal, en el caso del proceso esta duda consiste en la existencia y verdad del hecho objeto de enjuiciamiento, y es por medio del mecanismo de la deducción o inferencia mediata a través de hechos colindantes de donde se extrae la verdad de lo acontecido, acreditando el hecho, determinándose de este modo su carácter de hecho probado y con ello la integración del tipo objetivo del injusto, en el caso del proceso penal.
No se trata de adquirir la certeza del hecho a través de la mera intuición (es decir, a través de la revelación), sino de forma deductiva, aplicando la argumentación y el razonamiento a aquellos factores concomitantes y simples que combinados entre sí conllevan a acreditar la existencia del hecho. Sólo a través de la inferencia deductiva, del razonamiento, que resulta mediata por cuanto surge de la consideración de varios elementos objetivos se llega al grado de confirmación de la verdad a través de una conclusión.
Como se ve, Duda, Deducción y Conclusión son los fundamentos del método de René Descartes, y la base de la práctica de la prueba en el proceso. Y desde una perspectiva aún más elevada, los mismos conceptos resultan de aplicación al fundamento del proceso penal, pues la presunción de inocencia es la plasmación jurídica de la duda metódica y universal, siendo preciso demostrar la verdad de la culpabilidad (hecho dubitado) a través del razonamiento acusatorio (deducción) que conlleve a la condena en sentencia (conclusión).
“Para ser un buscador de la verdad es necesario que al menos una vez en tu vida dudes, tanto como sea posible, de todas las cosas”
Diego García Paz
Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid.
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación