La Reconstrucción

Los Valores Jurídicos de D. Quijote de la Mancha. Diego García Paz

Hacer referencia a las aventuras del ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha supone disertar sobre la obra cumbre de la literatura patria, fuente y reflejo de las letras de España en los tiempos posteriores a su edición, así como paradigma de la creación de personajes inmortales que personificaron múltiples valores como la amistad, la valentía, el amor, el idealismo o la justicia.

Precisamente estos dos últimos conceptos (idealismo y justicia) cruzan las aventuras de Alonso Quijano, Don Quijote, de extremo a extremo de la obra. Es incuestionable que ambas nociones se imbrican entre sí de forma indisoluble, hasta el punto de que un idealista como Don Quijote representa también los más importantes valores de la acción de la justicia.

La vida y aventuras de D. Alonso Quijano fueron enmarcadas en las llamadas leyes medievales de la caballería, pero más allá de ese derecho positivo al que el Quijote se sujetó de forma voluntaria, dentro de su mundo fantástico de castillos, villanos, gigantes y doncellas, recobrando para él plena vigencia, de sus experiencias en el combate contra el mal extrajo una serie de pensamientos, máximas o valores jurídicos que trasladó a la humanidad a través de sus conversaciones con su leal escudero Sancho:

  • Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos.
  • Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia, que las informaciones del rico.
  • Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como entre los sollozos e importunidades del pobre.
  • Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley en el delincuente; que no es mejor la fama del Juez riguroso que la del compasivo.
  • Si acaso, alguna vez, doblaras la vara de la justicia, que no sea por el peso de la dádiva, sino por el de la misericordia.
  • Cuando te sucediere juzgar algún pleito de algún enemigo tuyo, aparta la mente de tu injuria y ponla en la verdad del caso.
  • No te ciegue la pasión propia en la causa ajena, que los yerros que en ella hicieres las más veces serán sin remedio, y serán a costa de tu crédito o aún incluso de tu hacienda.
  • Si alguna mujer hermosa viniera a pedirte justicia, aparta las lágrimas de sus ojos y los gemidos de tus oídos y considera despacio la sustancia de lo que te pide, sino no quieres que te anegue tu razón en su llanto y tu bondad en sus suspiros.
  • Al que has de castigar con obras no le trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio, sin la añadidura de las malas razones.
  • Al culpado que cayere bajo tu jurisdicción considérale hombre miserable sujeto a las depravadas condiciones de esta naturaleza humana nuestra y en todo en cuanto fuere de tu parte posible, sin hacer agravio a la contraria, muéstrate piadoso y clemente; pues aunque los atributos de Dios todos son iguales, más resplandece y campea a nuestro ver el de la misericordia que el de la justicia.

Como puede comprobarse, el Derecho está presente en la inmortal obra cervantina, pero no es un saber jurídico frío, pues sin perjuicio de la búsqueda de la necesaria objetividad que siempre debe existir en el conflicto, se atempera con elevadas cotas de idealismo y con la pasión de un corazón bondadoso.

 

Diego García Paz

Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid.

Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

 

 

           

 

 

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