La Reconstrucción

FRANCISCO DE QUEVEDO: INGENIO CRÍTICO Y DERECHO. Diego García Paz

Francisco de Quevedo y Villegas (1580-1645) es uno de los autores más importantes de la literatura española, exponente del Siglo de Oro y hombre polifacético, pues no solo se dedicó a la poesía (faceta por la que es más conocido) sino también al teatro y a la prosa, con textos de carácter filosófico, histórico, político o moral. De una gran inteligencia natural desde niño, avanzado en los estudios pero muy peculiar en lo doméstico y para la vida ordinaria, Quevedo pronto dio muestras de una profunda inquietud por la realidad social de su tiempo que, junto con su riqueza léxica, generaron una obra marcadamente crítica, en ocasiones feroz, pero siempre libre, acompasada con una personalidad de fuerte temperamento que él mismo aplacaba con la lectura de la filosofía estoica, para evitar, conocedor como era de su propio carácter, que la fogosidad de su producción supusiera un incendio imposible de apagar. La acidez de los escritos de Quevedo originó reacciones inmediatas, pues así como tuvo la admiración de Lope de Vega o Cervantes, se ganó un nutrido grupo de enemigos, de todos los sectores: desde la literatura, la iglesia, la monarquía y la política. Sus textos eran muy populares, a pesar de que en vida contaron con dificultades para ser publicados, precisamente por referirse de forma contundente, entretejida con recursos literarios de una gran calidad, a aquellos asuntos que se sabían incorrectos pero no trascendían, tal y como realmente eran, por temor a represalias. De hecho, tuvieron para él, ya mayor, la consecuencia de un encierro en León, en el entonces Convento de San Marcos, actual Parador Nacional de Turismo, por un envolvente político hacia su persona implicándole en falso en actos de traición a la Corona, acusado de presunta filtración de información a Francia. Quevedo expresaba, de hecho, que había sido llevado preso, enfermo y con heridas, sin juicio de ningún tipo, a una tierra de invierno permanente y con un río como vecino (el río Bernesga, que, efectivamente, discurre al lado del Parador-Hostal de San Marcos).

Francisco de Quevedo, al abarcar en su obra todos los aspectos de la vida de su tiempo, también se refirió al Derecho, y particularmente en la dimensión de la impartición de la justicia, proyectando su opinión sobre esta faceta humana. Así, es suyo el siguiente soneto, titulado A un juez mercadería:

Las leyes con que juzgas, ¡oh Batino!,

menos bien las estudias que las vendes;

lo que te compran solamente entiendes;

más que Jasón te agrada el Vellocino.

El humano derecho y el divino,

cuando los interpretas, los ofendes,

y al compás que la encoges o la extiendes,

tu mano para el fallo se previno.

No sabes escuchar ruegos baratos,

y sólo quien te da te quita dudas;

no te gobiernan textos, sino tratos.

Pues que de intento y de interés no mudas,

o lávate las manos con Pilatos,

o, con la bolsa, ahórcate con Judas.

La opinión de Quevedo sobre la aplicación del Derecho es claramente muy desfavorable y expresa una completa desconfianza en la objetividad de la decisión que pueda adoptarse. Exterioriza un concepto decadente de la materia jurídica en el momento en el que el autor vivió, que incluso sufrió a título personal, y le genera un rechazo visceral.

Desde el prisma iusfilosófico, el soneto se centra en la práctica del Derecho, no así en la propia ley, que viene a reflejarse como una víctima más (aparte del particular que sufre concretamente la injusticia) de la anómala actuación desarrollada por quien tiene el deber de aplicarla con rectitud. Esto es: si resulta esencial que la ley positiva se fundamente en un Derecho Natural que le atribuya los parámetros de legitimidad necesarios para su auténtica fuerza vinculante, también este Derecho Natural debe estar, a título personal, en el aplicador del Derecho. Quien teniendo el deber de aplicar la norma y resolver los conflictos se separe de los valores de moralidad e integridad que tienen que encontrarse en su interior, en el momento de dar una solución al caso concreto, producirá un resultado ilícito, contrario a Derecho, perjudicando a quien ha acudido pidiendo justicia, y a la propia ley. En definitiva, la conclusión que se extrae es que de nada sirve contar con leyes perfectas en forma y fondo, en estructura y legitimidad, si quien las aplica no cuenta con los mismos valores éticos que han fundamentado a la ley, del tipo que sea, como expresa el soneto. El denominado Derecho Natural se revela así como la verdadera causa eficiente de la correcta impartición de la justicia, pues se debe presentar de forma doble: en el Derecho Positivo y en su aplicador, a quien le corresponde argumentar jurídicamente y decidir. La ausencia de este ingrediente primigenio en cualquiera de los dos planos, o conjuntamente en ambos, determina siempre un resultado perverso.

Y desde la perspectiva del Derecho Penal, es incuestionable que Quevedo está describiendo a la perfección y literariamente una acción integrativa, al menos, del delito de prevaricación del artículo 446 del Código Penal, revistiendo ésta todos los elementos típicos, objetivo y subjetivo, del injusto: la aplicación arbitraria de la norma, dolosamente asumida a través de una voluntad desviada que se manifiesta externamente por medio del cobro de comisión o soborno (que en el soneto metafóricamente se encuentra bajo la referencia al mítico vellocino de oro) y cuyo fin no es otro que producir una injusticia manifiesta y no justificable en Derecho desde ninguna hipótesis interpretativa.

Por lo tanto, la visión del Derecho y especialmente de su aplicación que ofrece Francisco de Quevedo revela la importancia decisiva de que el quehacer jurídico se asiente sobre los pilares de la ética, por medio de un Derecho Natural que, como un mar que alcanza con su oleaje a todos los ordenamientos jurídicos y les da vida, también llegue a las costas de quienes personalmente ostentan el honor y la alta responsabilidad de aplicarlos.

A 7 de diciembre, víspera de la Concepción de nuestra Señora, a las diez y media de la noche. Fui traído en el rigor del invierno, sin capa y sin una camisa, de sesenta y un años, a este con­vento Real de San Marcos, donde he estado todo este tiempo en rigurosísima prisión, enfermo con tres heridas, que con los fríos y la vecindad de un río que tengo a la cabecera, en tierra donde todo el año es invierno rigurosísimo, se me han cancerado, y por falta de cirujano, no sin piedad me las han visto cauterizar con mis manos; tan pobre, que de limosna me han abrigado y entretenido la vida. El horror de mis trabajos ha espantado a todos.”

Donde hay poca justicia es un peligro tener razón”.

Diego García Paz

Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid

Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

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