La Reconstrucción

LA MEDIACIÓN COMO VÍA PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (aún no explorada en España). Miguel Ángel Recio

Dicen que se está produciendo una gran confrontación social en España. Algunos piensan que la confrontación existe a nivel mundial. Y si tenemos en cuenta las noticias de los informativos o la propaganda política parece que es así. Sin embargo, invito a recapacitar y a observar el entorno individual en el que cada uno de nosotros nos desenvolvemos. ¿Qué vemos?

Yo veo todas las mañanas a trabajadores de toda condición que se trasladan hasta su puesto con sueño en el rostro, resignación, deseos de cumplir su tarea y esperanza en un mundo mejor. Son personas que pacíficamente se desplazan en transporte público, en su vehículo o caminando y que desean llegar a su destino sin tropiezos. A veces ayudan a alguien a cruzar la calle o a buscar una dirección. A veces se quedan un ratito viendo escaparates o leyendo unas noticias y, aunque a menudo volcados en un móvil, no se aíslan del todo y están atentos a lo que sucede a su alrededor.

Quienes en este tiempo de pandemia teletrabajan se pierden las oportunidades de contactar con sus semejantes y, aunque ganan en comodidad, sufren un aislamiento indeseado que las circunstancias cambiarán algún día no muy lejano.

También veo frecuentemente a madres y padres que recogen a sus hijos a la salida del colegio, que compran en el supermercado o que organizan reuniones -ahora limitadas- con amigos y familiares. Sin duda, hay una búsqueda de encuentros con otras personas en paz, armonía y sintonía. Y en los trabajos se ve a personas atareadas intentando ser eficaces y resolviendo los problemas que cada día se les presentan. Todas estas personas atienden a sus responsabilidades familiares y profesionales con deseos de evitar situaciones desagradables en las coincidencias y relaciones que se producen con los demás. Sin embargo, a veces resultan inevitables porque los intereses o las prioridades son diferentes.

Lo que uno no se imagina es que esos problemas, que podrían solucionarse con un diálogo, con una concesión o con una explicación, pueden derivar en conflictos insalvables. Y son muchos los casos que acaban en los tribunales pues las estadísticas nos muestran que la litigiosidad es muy alta en España. El año 2019 alcanzó una tasa en el conjunto del Estado de 133,5 asuntos por cada 1.000 habitantes.

¿Cómo es posible que gente pacífica acabe en los tribunales en tantos casos? ¿Por qué si la gente quiere vivir pacíficamente acaba en litigios? ¿Se debe a que existen muchas dificultades para dialogar con quien estamos en desacuerdo? ¿Existe una cultura de belicismo jurídico que prefiere dejar en las manos del juez la imposición de una decisión mediante una sentencia? En este caso ¿conoce la gente que los procesos son largos, costosos, a menudo frustrantes, muchas veces insatisfactorios y que gran número de sentencias no logran ser ejecutadas?

Hay un dicho conocido: “la maldición del gitano: tengas pleitos y los ganes”, que sólo se explica con la certeza de que incluso triunfando la pretensión que una persona plantea ante el juez también tiene una gran pérdida. Una sentencia favorable no evita el sufrimiento del proceso. La satisfacción de lograr lo inicialmente demandado no compensa las pérdidas sufridas por el camino. Estas pérdidas no sólo son en términos económicos, de tiempo o de tranquilidad y salud. También lo son en afectos. Una sentencia favorable da la razón a una parte, pero no le repone de la angustia de un largo proceso, el desembolso económico y la ruptura con la otra parte. En muchos casos, esa otra parte es una familiar, un cónyuge o un proveedor de toda la vida… alguien cercano que se pierde para siempre. Aún puede ser peor si la sentencia es contraria.

¿La alta litigiosidad refleja la existencia de una crispación social en España? Pienso que no. La litigiosidad responde al desconocimiento de que existen otros caminos para solucionar los conflictos. Existen vías para apelar a esos buenos sentimientos de las personas que vemos cada día en las calles: solidaridad, comprensión, perdón, flexibilidad, respeto, reconocimiento… Reconocer -palíndromo porque la palabra se puede leer en las dos direcciones- al otro supone un avance en cualquier relación y también en una relación de conflicto. Con esa base positiva, con una buena predisposición y con la ayuda de un profesional se pueden solucionar muchos problemas que tienen su base en el orgullo y en complejos. Algunos de éstos conducen a quienes los padecen a atacar a otros porque así desvían la atención de sus defectos y les permiten esconderlos.

Y cuando el problema es puramente técnico -pocas veces es completamente ajeno a los sentimientos o a las sensaciones- también el reconocimiento y el diálogo permiten alcanzar soluciones inimaginables. Por todas esas razones creo en la mediación de conflictos como sistema para buscar soluciones a las controversias. La mediación consiste en la ayuda que aporta una persona preparada para crear un espacio de diálogo en el que explorar las diferencias.

Recientemente el Consejo de Ministros de España ha aprobado un Anteproyecto de ley que pretende introducir medidas de eficiencia procesal en el sistema judicial de nuestro país. Entre otras fórmulas utiliza los MASC, medios adecuados para solución de controversias, aunque las siglas podrían corresponder también a medios alternativos para solución de conflictos. En la Exposición de motivos se indica que el momento histórico actual se caracteriza por “la dinámica de la confrontación y la crispación que invade en nuestros tiempos las relaciones sociales”. No estoy de acuerdo con esa afirmación. Si fuera así la tarea más prioritaria sería la de colaborar para pacificar la sociedad y reducir de inmediato la crispación. Una sociedad enfrentada no consigue alcanzar el beneficio que vivir en comunidad busca y en su seno se producirían enormes inconvenientes.

La pandemia, la crisis económica y la política son causantes directos de incertidumbre y a veces de crispación en la sociedad española. Se lucha contra las dos primeras, pero no se sabe qué hacer con la tercera, considerada como un mal necesario. Antiguamente se consideraba la Política como una ciencia que buscaba soluciones a los problemas de la sociedad. Hoy en cambio es sinónimo de enfrentamiento. Algo habría que hacer -como se lucha contra la pandemia y la crisis- para que la política no cause crispación. Lo mínimo sería introducir un código ético de respeto y ejemplaridad. Pero no parece que ese camino se haya iniciado. Aun así, a pesar de los políticos enfrentados, la sociedad española está más sana de lo que pretenden hacernos creer.

En cualquier caso, es muy bueno que el legislador potencie mecanismos de mediación y conciliación. Son aparentemente sistemas nuevos, pero en realidad vienen empleándose desde las sociedades más antiguas pues siempre existió el sabio, el chamán o el hombre justo que ayudaba en la búsqueda de solución a los conflictos. Todos recordamos las enseñanzas del Rey Salomón.

La mediación existe en España desde hace años y una ley estatal de 2012 la regula y la ordena estableciendo requisitos, procedimientos y consecuencias jurídicas para los acuerdos alcanzados en su seno. Parece que una nueva ley va a insistir en sus bondades y va a introducir, como requisito obligatorio para acudir a los tribunales, haber acudido antes a algún medio adecuado de solución de controversias. Sin embargo, la lectura del Anteproyecto conduce a la frustración porque no es la mediación o la conciliación lo que se quiere impulsar sino un trámite previo obligatorio que parece pretender contentar a todo el mundo en lugar de ser eficaz para quienes están a punto de litigar. Pretende contentar a los jueces porque otros -mediadores, conciliadores, abogados…- verán los asuntos antes y les evitarán algunos. Pretende contentar a los abogados porque se les da entrada en la mediación de forma obligatoria, mientras que antes dependía de la decisión de las partes. Y pretende contentar a los mediadores porque se informa de su existencia a quienes quieran pleitear y que ahora desconocen.

Contentar a todos no debería ser el objetivo de una ley que dice buscar la eficacia de la justicia y señala en su Exposición de motivos que “cobran importancia las razones de las partes para construir soluciones dialogadas en espacios compartidos”. Es evidente que el Anteproyecto no cree en la efectividad de los MASC pues permite sustituir la técnica de la mediación -que es compleja y requiere formación y práctica para ayudar en la búsqueda de soluciones dialogadas- por una simple oferta vinculante escrita por un abogado de una de las partes si así lo deciden.

De esta manera se desvirtúa la buena intención inicial y este requisito previo o trámite procedimental se queda en un acto burocrático más, ya que una parte puede simplemente recibir de su contendiente la misma pretensión que originó el conflicto redactada en forma de solución, como oferta, sin avances. Esto le será igualmente inaceptable por falta de acuerdo y lejanía de sus pretensiones y le supondrá una pérdida de tiempo o una provocación, dando paso de forma inmediata a la formulación de la demanda ante el juez sin un verdadero intento de diálogo o reconocimiento.

Hace unas semanas un abogado me dijo que cada vez escucha más expresiones en sus clientes, referidas a su oponente, del tenor siguiente: “¡quiero machacarle!” o también “¡quiero que no se quede con nada!”. Esta última resulta frecuente entre matrimonios en procesos de divorcio o en familiares enfrentados por desavenencias tras una herencia. También reconoció que en esos casos su capacidad de negociación con el abogado contrario es mínima y que intentar algún acercamiento podía suponerle perder al cliente.

La mediación resulta adecuada para ayudar a estos abogados y más aún si se acude a ella como requisito obligatorio legal porque las partes pueden conocer las bondades del proceso si el mediador se emplea a fondo en la primera sesión informativa. Únicamente ésta puede ser obligatoria y no todo el proceso que se basa en la voluntariedad de las partes. Sin embargo, un mediador habilidoso podría crear puentes desde el primer encuentro y evitar así instrucciones de los clientes a sus abogados para que se deslicen rápidamente por el requisito previo de manera poco comprometida con el diálogo, como ahora permite la redacción del Anteproyecto con una simple comunicación escrita.

Los legisladores aún están a tiempo de salvar este error y de permitir a los ciudadanos españoles en conflicto conocer las ventajas de la mediación. Si deciden introducir un requisito previo para acudir a los tribunales, que sea de verdad para evitar ciertos males consustanciales a los pleitos y para mejorar la vida de muchas personas y de paso pacificar a la sociedad.

 

Miguel Ángel Recio Crespo

Escritor y mediador