La Reconstrucción

 JESÚS DE NAZARET: DERECHO Y COMPASIÓN. Diego García Paz

La figura de Jesús de Nazaret ha sido determinante para la humanidad. Sin perjuicio de las consideraciones teológicas y filosóficas que genera su historia y obra, y más allá de las convicciones metafísicas que cada persona pueda albergar respecto del Nazareno, como no podía ser de otro modo, sus enseñanzas también cristalizaron en la rama social por antonomasia del conocimiento humano: el Derecho.

Trascendiendo las normas estatutarias propias del ámbito de la Iglesia Católica (el Derecho Canónico), con la importancia que este ordenamiento jurídico tuvo en la evolución general del Derecho Privado, los valores impartidos por Jesús asentaron las bases de las relaciones internacionales, y por ende del Derecho Internacional Público:

  • En un mundo en el que el Derecho Romano contemplaba de forma pormenorizada el régimen de la esclavitud y los sistemas de manumisión, Jesús fue, con una gran antelación al Estado Moderno, el máximo defensor de la igualdad de los hombres, que sería luego plasmada como un derecho fundamental indispensable.

 

  • Asimismo, impulsó la entrega a los demás, con dejación de los propios intereses, sin más expectativa que el bien ajeno. Este postulado constituye los cimientos del principio de solidaridad internacional entre los Estados, al que se recurrió tras los grandes conflictos del siglo XX.

 

  • Precisamente, la prohibición expresa del uso de la guerra como medio para resolver las controversias, y la necesidad de agotar todas las vías pacíficas, a través de la mediación y la diplomacia, se hallan en las enseñanzas de Jesús, descartando como prioritaria la respuesta violenta ante un acto de agresión; y si el conflicto bélico se produce, en la génesis del Derecho internacional para y en la guerra (ius ad bellum y ius in bello) se encuentran los principios de salvaguarda de la seguridad y de la vida, de minimización de las víctimas en los conflictos armados, de establecimiento de zonas neutrales o de seguridad.

 

  • El respeto al Derecho en su totalidad, como expresión de la evolución de ser humano, sin alzarse frente a las normas, generando estados de insurrección o de rebeldía, también se encuentra en la obra de Jesús de Nazaret, para quien hay que “dar al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios”, sin imposiciones contrarias al sistema de convivencia y de legalidad, siendo así que los cambios que hayan de producirse, habrán de tener lugar dentro de los sistemas y con arreglo a los procedimientos que el propio sistema jurídico habilita, y no mediante el adoctrinamiento o la fuerza vengan de donde vengan y obedezcan a las ideas que sean, pues todo cambio habrá de realizarse dentro del Derecho y sin alzamientos o conspiraciones contrarias al mismo.

 

  • Los conceptos del perdón del ofendido y del carácter resocializador de las penas, tan propios de la doctrina de Jesús, configuraron y modificaron el Derecho Penal, motivando una nueva consideración del castigo como consecuencia jurídica del delito.

Estas cruciales repercusiones de la filosofía de Jesús de Nazaret en la disciplina jurídica deben ser recordadas en los tiempos en los que nos toca vivir, y en unos días como los presentes, en los que se celebra su cumpleaños.

 

Diego García Paz

Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid.

Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.